Condiciones generales
Estas condiciones generales se aplican a todas las ofertas y contratos de acrust BV.
Índice:
- Artículo 1 - Definiciones
- Artículo 2 - Identidad del empresario
- Artículo 3 - Ámbito de aplicación
- Artículo 4 - La oferta
- Artículo 5 - El contrato
- Artículo 6 - Derecho de desistimiento
- Artículo 7 - Obligaciones del consumidor durante el plazo de desistimiento
- Artículo 8 - Ejercicio del derecho de desistimiento por el consumidor y costes
- Artículo 9 - Obligaciones del empresario en caso de desistimiento
- Artículo 10 - Exclusión del derecho de desistimiento
- Artículo 11 - El precio
- Artículo 12 - Cumplimiento del contrato y garantía adicional
- Artículo 13 - Entrega y ejecución
- Artículo 14 - Contratos de duración: plazo, resolución y prórroga
- Artículo 15 - Pago
- Artículo 16 - Procedimiento de reclamación
- Artículo 17 - Litigios
- Artículo 18 - Disposiciones adicionales o distintas
Artículo 1 - Definiciones
En estas condiciones se aplican las siguientes definiciones:- Contrato complementario: contrato por el que el consumidor adquiere productos, contenido digital o servicios en relación con un contrato a distancia, siendo esos bienes, contenidos digitales o servicios suministrados por el empresario o por un tercero sobre la base de un acuerdo entre ese tercero y el empresario;
- Plazo de desistimiento: plazo dentro del cual el consumidor puede ejercer su derecho de desistimiento;
- Consumidor: persona física que no actúa con fines relacionados con su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión;
- Día: día natural;
- Contenido digital: datos producidos y suministrados en formato digital;
- Contrato de duración: contrato que se extiende al suministro regular de bienes, servicios o contenido digital durante un periodo determinado;
- Soporte duradero: cualquier instrumento, incluido el correo electrónico, que permita al consumidor o al empresario almacenar la información dirigida a él personalmente de forma que pueda consultarla o utilizarla en el futuro durante un periodo acorde con la finalidad de esa información, y que permita reproducirla sin cambios;
- Derecho de desistimiento: posibilidad del consumidor de resolver el contrato a distancia dentro del plazo de desistimiento;
- Empresario: persona física o jurídica que ofrece productos, acceso a contenido digital o servicios a distancia a los consumidores;
- Contrato a distancia: contrato celebrado entre el empresario y el consumidor en el marco de un sistema organizado de venta a distancia de productos, contenido digital o servicios, en el que hasta la celebración del contrato inclusive se utilizan de forma exclusiva o parcial una o más técnicas de comunicación a distancia;
- Formulario de desistimiento: el formulario europeo de desistimiento que figura en el anexo I de estas condiciones. No hace falta facilitar el anexo I si el consumidor no tiene derecho de desistimiento respecto de su pedido;
- Técnica de comunicación a distancia: medio que puede utilizarse para celebrar un contrato sin que el consumidor y el empresario estén presentes a la vez en el mismo lugar.
Artículo 2 - Identidad del empresario
Nombre del empresario: acrust BV
que opera con el nombre: CoolGift
Domicilio social y dirección de visita:
Binnenstraat 10
3940 Hechtel (Bélgica)
Número de teléfono: +32 473 587820
Disponibilidad:
de lunes a viernes de 9:00 a 17:00
Correo electrónico: service@coolgift.com
Número de registro mercantil: BE0826455143
Número de identificación a efectos del IVA: NL823297743B01 / BE0826455143
Artículo 3 - Ámbito de aplicación
- Estas condiciones generales se aplican a toda oferta del empresario y a todo contrato a distancia celebrado entre el empresario y el consumidor.
- Antes de celebrar el contrato a distancia se pone a disposición del consumidor el texto de estas condiciones generales. Si ello no es razonablemente posible, el empresario indicará antes de la celebración cómo pueden consultarse en su establecimiento y que se enviarán gratuitamente al consumidor lo antes posible si así lo solicita.
- Si el contrato a distancia se celebra por vía electrónica, el texto de estas condiciones puede ponerse a disposición del consumidor por vía electrónica antes de la celebración, de forma que pueda guardarlo con facilidad en un soporte duradero. Si ello no es razonablemente posible, antes de la celebración se indicará dónde pueden consultarse por vía electrónica y que se enviarán gratuitamente por esa vía o por otra si así lo solicita.
- Si además de estas condiciones generales se aplican condiciones específicas de un producto o servicio, los apartados segundo y tercero se aplican por analogía y, en caso de contradicción, el consumidor siempre puede invocar la disposición que le resulte más favorable.
Artículo 4 - La oferta
- Si una oferta tiene un plazo de validez limitado o está sujeta a condiciones, se indicará expresamente en la propia oferta.
- La oferta contiene una descripción completa y exacta de los productos, contenidos digitales o servicios ofrecidos. La descripción es lo bastante detallada para que el consumidor pueda valorarla adecuadamente. Si el empresario usa imágenes, estas reproducen fielmente lo ofrecido. Los errores manifiestos en la oferta no vinculan al empresario.
- Cada oferta contiene la información necesaria para que el consumidor sepa con claridad qué derechos y obligaciones conlleva su aceptación.
Artículo 5 - El contrato
- Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4, el contrato se celebra en el momento en que el consumidor acepta la oferta y cumple las condiciones fijadas.
- Si el consumidor ha aceptado la oferta por vía electrónica, el empresario confirmará de inmediato por esa misma vía la recepción de la aceptación. Mientras el empresario no haya confirmado esa recepción, el consumidor puede resolver el contrato.
- Si el contrato se celebra por vía electrónica, el empresario adoptará las medidas técnicas y organizativas adecuadas para proteger la transmisión electrónica de datos y garantizar un entorno web seguro. Si el consumidor puede pagar por vía electrónica, el empresario adoptará las medidas de seguridad adecuadas.
- El empresario puede informarse, dentro de los límites legales, de si el consumidor puede cumplir sus obligaciones de pago, así como de los hechos y factores relevantes para celebrar el contrato a distancia de forma responsable. Si sobre la base de esa comprobación tiene motivos fundados para no celebrar el contrato, está facultado para rechazar un pedido o una solicitud de forma motivada o para sujetar su ejecución a condiciones especiales.
- A más tardar en el momento de la entrega del producto, servicio o contenido digital, el empresario enviará al consumidor la siguiente información, por escrito o de forma que pueda guardarla de manera accesible en un soporte duradero:
a. la dirección del establecimiento del empresario donde el consumidor puede presentar sus reclamaciones;
b. las condiciones y la forma de ejercer el derecho de desistimiento, o una indicación clara de su exclusión;
c. información sobre garantías y sobre el servicio posventa existente;
d. el precio del producto, servicio o contenido digital con todos los impuestos incluidos, los gastos de entrega si procede, y la forma de pago, de entrega o de ejecución del contrato a distancia;
e. los requisitos para resolver el contrato si su duración es superior a un año o es indefinida;
f. el formulario de desistimiento, si el consumidor tiene derecho de desistimiento.
- En el caso de un contrato de duración, lo dispuesto en el apartado anterior se aplica solo a la primera entrega.
Artículo 6 - Derecho de desistimiento
Para productos:
- El consumidor puede resolver un contrato de compra de un producto durante un plazo de desistimiento de al menos 14 días sin indicar el motivo. El empresario puede preguntarle el motivo, pero no puede obligarle a darlo.
- El plazo al que se refiere el apartado 1 empieza el día siguiente a aquel en que el consumidor, o un tercero designado previamente por él que no sea el transportista, recibe el producto, o bien:
a. si el consumidor ha pedido varios productos en un mismo pedido: el día en que el consumidor, o el tercero que él designe, recibe el último producto. El empresario puede rechazar un pedido de varios productos con plazos de entrega distintos, siempre que haya informado de ello con claridad antes del proceso de pedido;
b. si la entrega de un producto consta de varios envíos o partes: el día en que el consumidor, o el tercero que él designe, recibe el último envío o la última parte;
c. en el caso de contratos de entrega regular de productos durante un periodo determinado: el día en que el consumidor, o el tercero que él designe, recibe el primer producto.
Para servicios y contenido digital no suministrado en un soporte material:
- El consumidor puede resolver sin indicar motivo, durante al menos 14 días, un contrato de servicios y un contrato de suministro de contenido digital no suministrado en un soporte material. El empresario puede preguntarle el motivo, pero no puede obligarle a darlo.
- El plazo al que se refiere el apartado 3 empieza el día siguiente al de la celebración del contrato.
Plazo ampliado cuando no se ha informado del derecho de desistimiento:
- Si el empresario no ha facilitado al consumidor la información legalmente exigida sobre el derecho de desistimiento o el formulario de desistimiento, el plazo expira doce meses después del final del plazo original determinado conforme a los apartados anteriores de este artículo.
- Si el empresario facilita al consumidor esa información dentro de los doce meses siguientes a la fecha de inicio del plazo original, el plazo expira 14 días después del día en que el consumidor la recibe.
Artículo 7 - Obligaciones del consumidor durante el plazo de desistimiento
- Durante el plazo de desistimiento el consumidor tratará el producto y su embalaje con cuidado. Solo desembalará o usará el producto en la medida necesaria para comprobar su naturaleza, sus características y su funcionamiento. El criterio es que el consumidor puede manipular y examinar el producto como se le permitiría hacerlo en una tienda.
- El consumidor solo responde de la disminución de valor del producto derivada de una manipulación que vaya más allá de lo permitido en el apartado 1.
- El consumidor no responde de la disminución de valor del producto si el empresario no le ha facilitado, antes de celebrar el contrato o al celebrarlo, toda la información legalmente exigida sobre el derecho de desistimiento.
Artículo 8 - Ejercicio del derecho de desistimiento por el consumidor y costes
- El consumidor que ejerza su derecho de desistimiento lo comunicará al empresario dentro del plazo mediante el formulario de desistimiento o de cualquier otra forma inequívoca.
- Lo antes posible, y en todo caso dentro de los 14 días siguientes al día de la comunicación a la que se refiere el apartado 1, el consumidor devolverá el producto o lo entregará al empresario o a un representante autorizado suyo. No hace falta si el empresario se ha ofrecido a recogerlo él mismo. En todo caso, el consumidor cumple el plazo si devuelve el producto antes de que expire el plazo de desistimiento.
- El consumidor devuelve el producto con todos los accesorios suministrados, en la medida de lo razonable en su estado y embalaje originales, y conforme a las instrucciones razonables y claras facilitadas por el empresario.
- El riesgo y la carga de la prueba del ejercicio correcto y en plazo del derecho de desistimiento corresponden al consumidor.
- El consumidor asume los costes directos de la devolución del producto. Si el empresario no ha comunicado que esos costes corren a cargo del consumidor, o indica que los asume él, el consumidor no tiene que asumirlos.
- Si el consumidor desiste después de haber solicitado expresamente que la prestación del servicio o el suministro de gas, agua o electricidad no envasados en un volumen o cantidad limitados comience durante el plazo de desistimiento, deberá abonar al empresario un importe proporcional a la parte de la prestación ya realizada en el momento del desistimiento, en comparación con la prestación completa.
- El consumidor no asume coste alguno por la prestación de servicios ni por el suministro de agua, gas o electricidad no envasados en un volumen o cantidad limitados, ni por el suministro de calefacción mediante sistemas urbanos, si:
a. el empresario no le ha facilitado la información legalmente exigida sobre el derecho de desistimiento, sobre el reembolso de los costes en caso de desistimiento o sobre el formulario de desistimiento, o bien;
b. el consumidor no ha solicitado expresamente que la prestación del servicio o el suministro comience durante el plazo de desistimiento.
- El consumidor no asume coste alguno por el suministro total o parcial de contenido digital no suministrado en un soporte material, si:
a. antes del suministro no ha dado su consentimiento expreso para que la ejecución comience antes de que finalice el plazo de desistimiento;
b. al dar ese consentimiento no ha reconocido que pierde su derecho de desistimiento; o
c. el empresario no ha confirmado esa declaración del consumidor.
- El ejercicio del derecho de desistimiento por el consumidor resuelve de pleno derecho todos los contratos complementarios.
Artículo 9 - Obligaciones del empresario en caso de desistimiento
- Si el empresario permite comunicar el desistimiento por vía electrónica, enviará sin demora un acuse de recibo tras recibir esa comunicación.
- El empresario reembolsará todos los pagos hechos por el consumidor, incluidos los gastos de entrega que haya cobrado por el producto devuelto, sin demora y dentro de los 14 días siguientes al día en que el consumidor le comunique el desistimiento. Salvo que el empresario se ofrezca a recoger el producto él mismo, puede esperar a reembolsar hasta haberlo recibido o hasta que el consumidor demuestre que lo ha devuelto, lo que ocurra antes.
- El empresario reembolsa por el mismo medio de pago que haya utilizado el consumidor, salvo que este acepte otro. El reembolso es gratuito para el consumidor.
- Si el consumidor ha elegido una forma de entrega más cara que la entrega estándar más económica, el empresario no tiene que reembolsar los costes adicionales de esa opción más cara.
Artículo 10 - Exclusión del derecho de desistimiento
El empresario puede excluir del derecho de desistimiento los siguientes productos y servicios, pero solo si lo ha indicado con claridad en la oferta, al menos con la antelación suficiente antes de celebrar el contrato:
- Productos o servicios cuyo precio dependa de fluctuaciones del mercado financiero sobre las que el empresario no tenga influencia y que puedan producirse dentro del plazo de desistimiento;
- Contratos celebrados en una subasta pública. Se entiende por subasta pública el método de venta en el que el empresario ofrece productos, contenido digital o servicios al consumidor que asiste personalmente o tiene la posibilidad de asistir personalmente a la subasta, bajo la dirección de un subastador, y en el que el adjudicatario está obligado a adquirirlos;
- Contratos de servicios, una vez ejecutado completamente el servicio, pero solo si:
a. la ejecución ha comenzado con el consentimiento previo y expreso del consumidor; y
b. el consumidor ha declarado que perderá su derecho de desistimiento una vez el empresario haya ejecutado completamente el contrato;
- Viajes combinados en el sentido del artículo 7:500 del Código Civil neerlandés y contratos de transporte de pasajeros;
- Contratos de servicios de alojamiento, si el contrato prevé una fecha o un periodo de ejecución determinados y tiene una finalidad distinta de la de servir de vivienda, así como de transporte de mercancías, alquiler de vehículos y restauración;
- Contratos relativos a actividades de ocio, si el contrato prevé una fecha o un periodo de ejecución determinados;
- Productos fabricados conforme a las especificaciones del consumidor, que no estén prefabricados y que se fabriquen a partir de una elección o decisión individual del consumidor, o que estén claramente destinados a una persona concreta;
- Productos que se deterioren con rapidez o tengan una fecha de caducidad corta;
- Productos precintados que no sean aptos para su devolución por razones de protección de la salud o de higiene y cuyo precinto se haya roto después de la entrega;
- Productos que, después de la entrega y por su naturaleza, se mezclen de forma inseparable con otros productos;
- Bebidas alcohólicas cuyo precio se haya acordado al celebrar el contrato pero cuya entrega solo pueda producirse pasados 30 días, y cuyo valor real dependa de fluctuaciones del mercado sobre las que el empresario no tenga influencia;
- Grabaciones sonoras o de vídeo y programas informáticos precintados cuyo precinto se haya roto después de la entrega;
- Periódicos, revistas o publicaciones periódicas, con excepción de las suscripciones;
- El suministro de contenido digital que no se preste en un soporte material, pero solo si:
a. la ejecución ha comenzado con el consentimiento previo y expreso del consumidor; y
b. el consumidor ha declarado que con ello pierde su derecho de desistimiento.
Artículo 11 - El precio
- Durante el periodo de validez indicado en la oferta, los precios de los productos o servicios ofrecidos no se incrementarán, salvo por cambios de precio derivados de modificaciones de los tipos de IVA.
- No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, el empresario puede ofrecer con precios variables productos o servicios cuyos precios estén vinculados a fluctuaciones del mercado financiero sobre las que no tenga influencia. Esa vinculación y el hecho de que los precios indicados sean orientativos se harán constar en la oferta.
- Los incrementos de precio dentro de los 3 meses siguientes a la celebración del contrato solo se permiten si derivan de disposiciones legales.
- Los incrementos de precio a partir de los 3 meses siguientes a la celebración del contrato solo se permiten si el empresario lo ha estipulado y:
a. derivan de disposiciones legales; o
b. el consumidor está facultado para resolver el contrato con efectos desde el día en que el incremento entre en vigor.
- Los precios de productos o servicios indicados en la oferta incluyen el IVA.
Artículo 12 - Cumplimiento del contrato y garantía adicional
- El empresario garantiza que los productos o servicios se ajustan al contrato, a las especificaciones indicadas en la oferta, a las exigencias razonables de calidad o utilidad y a las disposiciones legales vigentes en la fecha de celebración del contrato. Si así se ha acordado, el empresario garantiza además que el producto sirve para un uso distinto del normal.
- Una garantía adicional ofrecida por el empresario, su proveedor, el fabricante o el importador nunca limita los derechos y acciones legales que el consumidor puede ejercer frente al empresario en virtud del contrato si este ha incumplido su parte.
- Por garantía adicional se entiende todo compromiso del empresario, su proveedor, importador o productor por el que conceda al consumidor derechos o acciones que vayan más allá de lo que le exige la ley en caso de incumplimiento de su parte del contrato.
Artículo 13 - Entrega y ejecución
- El empresario actuará con la máxima diligencia al recibir y ejecutar los pedidos de productos y al valorar las solicitudes de prestación de servicios.
- El lugar de entrega es la dirección que el consumidor haya comunicado al empresario.
- Teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 4 de estas condiciones, el empresario ejecutará los pedidos aceptados con diligencia y, a más tardar, en un plazo de 30 días, salvo que se haya acordado otro plazo de entrega. Si la entrega se retrasa, o si un pedido no puede ejecutarse o solo puede ejecutarse en parte, el consumidor será informado a más tardar 30 días después de haberlo realizado. En ese caso el consumidor tiene derecho a resolver el contrato sin coste y a reclamar la indemnización que proceda.
- Tras la resolución conforme al apartado anterior, el empresario reembolsará de inmediato el importe pagado por el consumidor.
- El riesgo de daño o pérdida de los productos corresponde al empresario hasta el momento de la entrega al consumidor o a un representante designado previamente y comunicado al empresario, salvo pacto expreso en contrario.
Artículo 14 - Contratos de duración: plazo, resolución y prórroga
Resolución:
- El consumidor puede resolver en cualquier momento un contrato celebrado por tiempo indefinido que se extienda a la entrega regular de productos, incluida la electricidad, o de servicios, con sujeción a las reglas de resolución acordadas y a un preaviso no superior a un mes.
- El consumidor puede resolver en cualquier momento, con efectos al final del plazo pactado, un contrato celebrado por tiempo determinado que se extienda a la entrega regular de productos, incluida la electricidad, o de servicios, con sujeción a las reglas de resolución acordadas y a un preaviso no superior a un mes.
- El consumidor puede resolver los contratos mencionados en los apartados anteriores:
◦ en cualquier momento, sin quedar limitado a un momento o periodo concretos;
◦ al menos de la misma forma en que los celebró;
◦ siempre con el mismo preaviso que el empresario haya estipulado para sí mismo.
Prórroga:
- Un contrato celebrado por tiempo determinado que se extienda a la entrega regular de productos, incluida la electricidad, o de servicios, no puede prorrogarse ni renovarse tácitamente por tiempo determinado.
- No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, un contrato por tiempo determinado que se extienda a la entrega regular de diarios, semanarios y revistas puede prorrogarse tácitamente por un plazo determinado de hasta tres meses, si el consumidor puede resolver el contrato prorrogado con efectos al final de la prórroga y con un preaviso no superior a un mes.
- Un contrato por tiempo determinado que se extienda a la entrega regular de productos o servicios solo puede prorrogarse tácitamente por tiempo indefinido si el consumidor puede resolverlo en cualquier momento con un preaviso no superior a un mes. El preaviso no será superior a tres meses si el contrato se extiende a la entrega regular, pero con una frecuencia inferior a una vez al mes, de diarios, semanarios y revistas.
- Un contrato de duración limitada para la entrega regular de diarios, semanarios y revistas a modo de prueba o de presentación no se prorroga tácitamente y termina automáticamente al finalizar el periodo de prueba o de presentación.
Duración:
- Si un contrato tiene una duración superior a un año, el consumidor puede resolverlo en cualquier momento transcurrido ese primer año, con un preaviso no superior a un mes, salvo que la buena fe se oponga a la resolución antes del término pactado.
Artículo 15 - Pago
- Salvo que el contrato o las condiciones adicionales dispongan otra cosa, los importes adeudados por el consumidor deben pagarse dentro de los 14 días siguientes al inicio del plazo de desistimiento o, a falta de tal plazo, dentro de los 14 días siguientes a la celebración del contrato. En el caso de un contrato de servicios, este plazo empieza el día siguiente a aquel en que el consumidor recibe la confirmación del contrato.
- En la venta de productos a consumidores, las condiciones generales nunca pueden obligar al consumidor a un pago anticipado superior al 50%. Si se ha acordado un pago anticipado, el consumidor no puede invocar derecho alguno sobre la ejecución del pedido o del servicio antes de haberlo realizado.
- El consumidor tiene la obligación de comunicar de inmediato al empresario cualquier inexactitud en los datos de pago facilitados o indicados.
- Si el consumidor no cumple a tiempo sus obligaciones de pago, tras haber sido informado por el empresario del retraso y habiéndole concedido este un plazo de 14 días para cumplirlas, y transcurrido ese plazo sin pago, el consumidor deberá abonar el interés legal sobre el importe pendiente y el empresario podrá reclamarle los gastos de cobro extrajudicial en que haya incurrido. Esos gastos ascienden como máximo al 15% sobre importes pendientes de hasta 2.500 EUR, al 10% sobre los siguientes 2.500 EUR y al 5% sobre los siguientes 5.000 EUR, con un mínimo de 40 EUR. El empresario puede apartarse de esos importes y porcentajes en beneficio del consumidor.
Artículo 16 - Procedimiento de reclamación
- El empresario dispone de un procedimiento de reclamación suficientemente difundido y tramita las reclamaciones conforme a él.
- Las reclamaciones sobre la ejecución del contrato deben presentarse al empresario de forma completa y claramente descrita, dentro de un plazo razonable desde que el consumidor haya detectado los defectos.
- Las reclamaciones presentadas al empresario se responden en un plazo de 14 días desde su recepción. Si una reclamación requiere previsiblemente más tiempo, el empresario responderá dentro de ese plazo de 14 días con un acuse de recibo y una indicación de cuándo puede esperar el consumidor una respuesta más detallada.
- El consumidor debe dar al empresario al menos 4 semanas para resolver la reclamación de común acuerdo. Transcurrido ese plazo surge un litigio sujeto al procedimiento de resolución de litigios.
Artículo 17 - Litigios
- A los contratos entre el empresario y el consumidor a los que se aplican estas condiciones generales se les aplica exclusivamente el Derecho neerlandés.
Artículo 18 - Disposiciones adicionales o distintas
Las disposiciones adicionales o distintas de estas condiciones generales no pueden ir en perjuicio del consumidor y deben constar por escrito o de forma que el consumidor pueda guardarlas de manera accesible en un soporte duradero.